La Ley N° 20.720 (modernizada en 2023 por la Ley N° 21.563) regula la reorganización y liquidación de empresas de forma judicial y colectiva, supervisada por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. Representamos tanto a empresas deudoras como a acreedores —nunca en el mismo procedimiento— y trabajamos tanto el régimen general como las vías simplificadas para micro y pequeña empresa.

¿En qué casos te podemos ayudar?

  • Evaluación entre reorganización y liquidación para una empresa deudora
  • Representación en el Procedimiento Concursal de Reorganización (PCR), general o simplificado para micro y pequeña empresa
  • Representación en el Procedimiento Concursal de Liquidación, general o simplificado
  • Asesoría a acreedores que participan en el procedimiento concursal de un deudor

Qué es un procedimiento concursal

Es un proceso judicial, regulado por la Ley N° 20.720 —modernizada en 2023 por la Ley N° 21.563—, que ordena el pago de las deudas de una empresa que no puede cumplir sus obligaciones, de forma colectiva y supervisada por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIR). Busca evitar que unos acreedores se cobren primero mientras otros no reciben nada.

Reorganización: cuando la empresa es viable

Permite reestructurar los pasivos y activos de la empresa deudora. Un veedor concursal, inscrito en el registro de la Superintendencia, supervisa el proceso y facilita el acuerdo con los acreedores. Al dictarse la resolución de reorganización, se suspenden las ejecuciones individuales —embargos, juicios ejecutivos— mientras dura el proceso, dando a la empresa un espacio para negociar.

Liquidación: cuando la empresa ya no es viable

Se designa un liquidador, también inscrito en el registro de la Superintendencia, que realiza los bienes de la empresa para pagar a los acreedores según el orden de prelación que establece la ley.

La reforma de 2023 (Ley N° 21.563) creó procedimientos de reorganización y liquidación simplificados específicos para micro y pequeñas empresas, con menores costos y plazos más breves, y modificó numerosas normas sobre veedores, liquidadores y financiamiento durante la protección financiera concursal. Trabajamos tanto el procedimiento general como estas vías simplificadas, según el tamaño y la situación de la empresa.

Qué antecedentes conviene reunir

  • Estados financieros
  • Listado de acreedores y montos adeudados
  • Inventario de activos de la empresa
  • Contratos relevantes para la operación

Qué revisamos en Gallardo & Compañía

Si conviene evaluar la vía de reorganización o de liquidación según la viabilidad real del negocio, preparamos los antecedentes que exige la ley para iniciar el procedimiento correspondiente (general o simplificado), y representamos tanto a empresas deudoras como a acreedores que participan en el procedimiento concursal de un tercero (nunca a ambas partes del mismo procedimiento).

Cómo trabajamos tu caso

Nuestra asistente legal coordina tu asesoría por WhatsApp y te informa valor, modalidad y disponibilidad. Desde ahí, revisas tu caso directamente con Stephanie Gallardo, socia fundadora, y el equipo del estudio, que te explica qué opciones tienes, qué plazos aplican y qué se necesita para avanzar.

Honorarios

La asesoría inicial es pagada y su valor depende de la materia: te lo informa nuestra asistente legal antes de agendar. El valor de una eventual representación se define después de la asesoría con Stephanie Gallardo, porque depende de la complejidad del asunto y de si ya existe una causa judicial en curso. Puedes ver el detalle completo en nuestra página de honorarios →

Atención a distancia, paso a paso

No necesitas venir a la oficina para contratar ni para seguir tu caso, vivas en Tarapacá o en otra región de Chile. Si prefieres hacerlo en persona, te recibimos con cita previa en Sotomayor 415.

  1. Coordinación por WhatsApp. Nuestra asistente legal te informa el valor de la asesoría, que depende de la materia, la modalidad (en la oficina o por videollamada) y la disponibilidad.
  2. Asesoría por videollamada. Revisas tu caso directamente con Stephanie Gallardo: qué opciones tienes, qué plazos corren y qué antecedentes faltan. Ten a mano los documentos que tengas, como citaciones, contratos o notificaciones.
  3. Poder para representarte. Si decides contratar la representación, el mandato judicial puede constituirse con tu firma electrónica avanzada, sin que tengas que ir al tribunal. Si se firma con firma electrónica simple, debe ratificarse ante el ministro de fe del tribunal, trámite que también puede hacerse por videoconferencia.
  4. Escritos y audiencias. Los escritos se presentan por vía electrónica en la Oficina Judicial Virtual y el estudio comparece a las audiencias. Te avisamos con anticipación cada plazo, trámite y audiencia de tu causa; si una audiencia requiere tu presencia o que alguien del equipo viaje, coordinamos contigo los tiempos y gastos antes.
  5. Seguimiento. Stephanie y nuestra asistente legal te informan en qué va el caso. Además, puedes consultar tu causa en la Oficina Judicial Virtual con tu ClaveÚnica, salvo la información que tenga carácter reservado.

Dónde se tramita un procedimiento concursal en Tarapacá

Los procedimientos judiciales de reorganización y liquidación se tramitan ante un juzgado de letras con competencia civil, con la supervisión de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. En la región:

  • Iquique y Alto Hospicio: Juzgados de Letras de Iquique (tres juzgados civiles), que también atienden Alto Hospicio.
  • Pica, Pozo Almonte, Huara, Colchane y Camiña: Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte, de competencia común.

Cuando procede una apelación, la conoce la Corte de Apelaciones de Iquique. Ver los tribunales de Tarapacá por materia →

Preguntas frecuentes

¿Un procedimiento concursal significa que la empresa desaparece?

No necesariamente; la reorganización busca precisamente que la empresa siga operando, reestructurando sus deudas.

¿Quién puede iniciar un procedimiento concursal?

La propia empresa deudora, y en ciertos casos también los acreedores pueden solicitar la liquidación forzosa.

¿Tengo que ir a la oficina para contratarlos?

No. La asesoría puede ser por videollamada y el poder para representarte puede firmarse electrónicamente. Si prefieres una reunión presencial, te recibimos con cita previa en Sotomayor 415, oficina 10, piso 2, de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 h.

Mi caso es de Alto Hospicio o de otra comuna de Tarapacá. ¿Cambia algo?

Cambia el tribunal, no la forma de trabajar. En materia civil, las causas de Alto Hospicio se ven en los juzgados de letras de Iquique, y las de Pica, Pozo Almonte, Huara, Colchane y Camiña, en el Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte. Llevamos causas en todos ellos.

No vivo en Tarapacá. ¿Pueden atenderme?

Sí. Atendemos en todo Chile. La asesoría por videollamada está disponible desde cualquier región, con el mismo valor que en Iquique, y representamos causas fuera de Tarapacá: el equipo viaja a las audiencias cuando la causa lo requiere, y los tiempos y gastos de traslado se coordinan contigo antes.

¿Cómo sé en qué va mi caso?

Te avisamos con anticipación cada plazo, trámite y audiencia, y Stephanie y nuestra asistente legal te informan los avances y resuelven tus dudas. También puedes revisar tu causa en la Oficina Judicial Virtual con tu ClaveÚnica.

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